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Presupuesto MINVU 2027: Expandir el endeudamiento y recortar la vivienda social

hace 4 horas
5 min de lectura

El gobierno nos mea y dice que está lloviendo cuando la subsecretaria afirma en el Congreso que aumentan los recursos para la vivienda social cuando en realidad mantienen el recorte de 2026. En paralelo, aumentan el gasto en subsidiar a los bancos para aumentar el endeudamiento de las familias sin casa.

 

 

 

El 30 de septiembre, el gobierno presentó al Congreso el Presupuesto 2027 de todos los ministerios. Desde entonces, se discute su contenido en distintas comisiones, pero de forma cosmética, porque la estructura del gasto público no se toca: traspasar recursos a la empresa privada para que ella haga negocios con las necesidades del país.

 

 

Presupuesto 2027

 

En vivienda, el presupuesto 2027 alcanza un total de $6,7 billones de pesos, y se distribuye principalmente en dos líneas de gasto orientadas a incentivar la producción privada de viviendas:

 

a) El subtítulo 32 (Préstamos), que destinará $1,9 billones de pesos para prestar dinero a las constructoras a una tasa de 0% de interés para que inicien y avancen obras, que además, tienen como comprador seguro al mismo Estado, a través de los subsidios.

 

b) El subtítulo 33 (Transferencias de capital), que destinará $4 billones de pesos principalmente en subsidios para viviendas con y sin deuda, a través de distintos programas orientados a sectores de ingresos bajos y medios, y en modalidad individual y colectiva (comités).

 

Lo estructural del gasto en vivienda consiste en asegurar el negocio privado a través de subsidiar parte del valor de la vivienda al momento de la compra y de prestar dinero sin intereses para asegurar liquidez y eliminar los riesgos a la inversión, que termina asumiendo el Estado.

 

De forma más reciente, el presupuesto destina cada año más dinero ya no solo a subsidiar la producción, sino cada vez más a traspasar recursos al capital financiero (bancos) para aumentar los niveles de endeudamiento y oxigenar el mercado financiero especulativo.

 

Un ejemplo claro de esto son los programas que desde el gobierno de Boric buscan canalizar la necesidad vía endeudamiento. Para eso, el Estado subsidia la tasa de interés de los bancos y garantiza el pago de parte de la deuda a los bancos en caso de no pago de las familias.

 

Durante el gobierno de Kast, los niveles de gasto y del monto máximo de las viviendas se ha aumentado, llevando al Estado a subsidiar la deuda por viviendas de hasta $245 millones de pesos, lo que demuestra que la prioridad no es resolver la necesidad, sino alimentar el negocio inmobiliario, y con ello extender el terreno que pasa al control del mercado financiero.

 

 

Recortes a la vivienda social (DS 49)

 

En cuanto al Programa Habitacional, que es donde se define el gasto para subsidios de los comités de vivienda, la evolución de los recortes es la siguiente:

 

1) En septiembre 2025, al momento de elaborar el presupuesto de vivienda para el 2026, el MINVU propuso 47.000 subsidios DS49 (incluso menor a los 50.000 del 2025).

 

2) De 47.000 subsidios DS49, el Ministerio de Hacienda los redujo a 25.000.

 

3) En octubre, en el marco de la discusión del presupuesto 2026, el Congreso aprobó reponer 15 mil, alcanzando un total de 40.000 subsidios DS49 para el 2026.

 

4) En febrero 2026, el Ministerio de Hacienda volvió a recortar a 19.500 subsidios DS49. En ese momento, dijo que durante el año podrían reponerse. Hasta hoy eso no ha ocurrido.

 

5) Ahora, el Ministerio de Hacienda presenta un Presupuesto 2027 con 25.000 subsidios DS49. Sin haber repuesto nada de los 20.500 recortados durante 2026, manteniendo el umbral de subsidios recortados por el gobierno de Boric.

 

 

Las indicaciones del gobierno: endeudar y disciplinar

 

Durante la tramitación del presupuesto, el gobierno ingresó varias indicaciones, que son cambios al contenido del presupuesto que deberán ser aprobadas por el Congreso.

 

Entre las indicaciones. Hay dos que son particularmente relevantes, y que consisten en: 1) hacer que las familias que postulan a la vivienda vía comités se deban endeudar para complementar el ahorro obligatorio; 2) entregar viviendas construidas con recursos del MINVU para carabineros y gendarmería.

 

 

1) Hacer que las familias que postulan a la vivienda vía comités y que están entre el 40% y 90% del Registro Social de Hogares se deban endeudar para complementar el ahorro obligatorio

 

Indicación: Agréguese a la glosa 03, común, a los Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización, después del punto final, lo siguiente:

 

“y) Los postulantes de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos y Mega Proyectos, del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por D.S. N°49, (V. y U.), de 2011, que se encuentren por sobre el tramo del 40% de menores ingresos del Registro Social de Hogares, podrán complementar el financiamiento del proyecto con créditos hipotecarios, de hasta 300 Unidades de Fomento. Estos créditos se regirán en lo que corresponda, por lo dispuesto en los artículos 69, 70, 71, 73 y 74 del D.S. N°1, (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional.

 

 

2) Entregar viviendas construidas con recursos del MINVU para carabineros y gendarmería

 

Indicación: Agréguese nueva glosa 22 común a los Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización, del siguiente tenor:

 

“Los SERVIU podrán destinar viviendas que se construyan con subsidios habitacionales en terrenos de su propiedad, para entregarlas en comodato a Carabineros de Chile o a Gendarmería de Chile, con el objeto de que sean destinadas exclusivamente a la habitación transitoria de personal en servicio activo que desempeñe funciones en la comuna o localidad respectiva. El comodato se formalizará mediante convenio entre el SERVIU y la institución respectiva, aprobado por resolución del Director del SERVIU, en el que se establecerán, a lo menos, su plazo y condiciones de prórroga; los procedimientos de asignación, entrega y restitución de las viviendas; las obligaciones de administración, conservación y reparación; y la prohibición de destinarlas a fines distintos del señalado. La ocupación individual deberá cesar cuando el funcionario deje de prestar servicios activos o de desempeñar funciones en la comuna o localidad correspondiente. Terminado el comodato, el SERVIU destinará las viviendas a hogares que cumplan los requisitos del programa habitacional correspondiente, pudiendo asignarlas o transferirlas en propiedad conforme a su reglamentación”.



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