Pobladores ocupan la Cámara Chilena de la Construcción: exigen medidas ante crisis habitacional
- Pincoyazo

- hace 1 día
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Luchadores de Barrancas, el Frente Popular y la 17 de Mayo ocuparon el edificio del gremio empresarial de la construcción denunciando cómo la empresa privada hace de la necesidad un negocio. Lee acá el petitorio de la Asamblea Nacional de Pobladores, en lo que fue un llamado nacional de protesta por vivienda digna.

La mañana de este jueves 20 de noviembre, en el marco del llamado a movilización por vivienda de la Asamblea Nacional de Pobladores (ANAPO), un contingente de tres comités de vivienda realizó una acción de protesta en la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), para denunciar cómo la empresa privada hace de la necesidad de cientos de miles de familias un negocio.
Los pobladores de los comités Vivienda Digna - Frente Popular de Maipú y Luchadores de Barrancas de Cerro Navia, junto a la Cooperativa 17 de Mayo de esta misma comuna, ocuparon la sede gremial para leer declaraciones que junto con denunciar el problema plantean una serie de propuestas para resolverlo.
Lee acá el petitorio completo de ANAPO:
PETITORIO NACIONAL
ASAMBLEA NACIONAL DE POBLADORAS Y POBLADORES (ANAPO)
Principios
1. Independencia política: Asumimos nuestra responsabilidad colectiva de resolver la necesidad de vivienda, por tanto, esta Asamblea no está al servicio de intereses electorales y rechazamos toda forma de estafa y engaño a los pobladores en lucha.
2. Luchar por la vía de los hechos: Debemos luchar activamente para conquistar nuestras demandas, no aceptando los ritmos de la burocracia institucional. Sólo luchando defendemos y conquistamos. Solidarizamos y compartimos nuestras experiencias colectivas para luchar más y mejor.
3. Servir de todo corazón a nuestro pueblo y sus luchas: Los dirigentes actuamos en servicio de nuestro pueblo y no por intereses personales de ningún tipo.
Petitorio
1. Garantizar suelos estatales para vivienda social: que el Estado inicie un plan de expropiaciones o traspasos de suelos tanto fiscales como particulares, de “interés social” con factibilidad para uso habitacional en cada comuna, urbanos o rurales, y se haga cargo de habilitarlos con infraestructura básica (agua, alcantarillado, red eléctrica) para evitar la especulación inmobiliaria, priorizando los suelos en desuso o mal utilizados. La cantidad de suelos debe tener relación con la necesidad habitacional expresada en la cantidad de socios que conforman las organizaciones habitacionales de cada comuna, manteniendo como mínimo un 30% de su territorialidad dispuesta para vivienda social. Su localización debe considerar las redes de apoyo y conectividad a servicios.
2. Suspensión inmediata de los desalojos sin solución habitacional: que el Estado dé solución a las tomas y campamentos presentes en cada región, esto debe realizarse desde el inicio del gobierno entrante y dejar estipulada la solución habitacional a la brevedad. Lo anterior debe realizarse mediante el uso de las facultades legales que le otorga la ley 20.234, es decir, mediante la radicación y regularización de las tomas y campamentos.
3. Derogación inmediata de la ley de Usurpaciones N°21.633: criminaliza la pobreza y la lucha organizada de pobladores y pobladoras, agudizando la crisis habitacional.
4. Habilitación inmediata de todos los servicios básicos a las tomas y campamentos: independiente de su situación judicial - administrativa.
5. 80 m2 de vivienda social, como mínimo, con todas sus terminaciones: las viviendas terminadas deben tener un mínimo de 80 m2 de espacio habitable para evitar el hacinamiento, sin incluir terrazas o logias (para el caso de departamentos). El tamaño de la vivienda debe adaptarse al número de personas que componen el Registro Social de Hogares (RSH) del/la postulante.
6. Plazo máximo para acceder a la solución habitacional de 5 años: desde la formación de la organización habitacional hasta la entrega de la vivienda.
7. Eliminación del ahorro mínimo: para familias sin capacidad real de ahorro, como adultos mayores, personas en situación de discapacidad o madres solteras, entre otros. Que el ahorro mínimo que establece actualmente el DS49 sea respetado, es decir, 10UF, todo el sobre ahorro y los premios asociados a este deben ser eliminados, pues fomentan la especulación y el negocio inmobiliario. Que el Estado fiscalice efectivamente la aplicación del DS49 en cuanto a que el ahorro mínimo sea aplicado, pues aunque se ahorre como mínimo 30UF al día de hoy, la calidad y cantidad de las viviendas sociales entregadas es deficiente.
8. Único requisito de postulación a la vivienda social: SER POBRE Y NO TENER VIVIENDA: adaptar los requisitos del DS49 a las condiciones de las personas actuales, permitiendo la postulación de personas solas, sin núcleo familiar, que acrediten no tener vivienda propia y ser pobre (hasta el 90% en Registro Social de Hogares). Que el RSH se congele al momento de la conformación definitiva de la organización habitacional, es decir, cuando cierra sus cupos y se inscribe en Serviu, y no con posterioridad, pues la situación de las familias es cambiante y podría quedar excluido de la postulación colectiva.
9. Nueva Ley Habitacional para Viviendas Sociales: que regule todos los aspectos de las necesidad habitacional del país en cuanto a viviendas sociales, para evitar estar a merced de las voluntades de los gobiernos de turno. Debe contemplar la regulación de todas, cada una, y diferenciadamente, las organizaciones afines a la vivienda social (Comités de Vivienda, Cooperativas de Vivienda, Tomas, Campamentos, Comités de Adelanto, Juntas de Vecinos, etc.). Debe contemplar el acompañamiento técnico por parte de cada institución involucrada, desde: la conformación de la organización de vivienda, inicio de obras, entrega de llaves, postventa, hasta expiración de cumplimiento de garantías (para vivienda y mejoramiento).
10. Creación de Empresa Estatal Constructora de Vivienda Social: con presencia nacional, participación vinculante de los beneficiarios del proyecto habitacional, que no esté orientada por el lucro, sino por la maximización de la calidad de vida de quienes optan al subsidio habitacional.
11. Censo habitacional real: realizar a la brevedad un Censo Habitacional que contemple a personas en situación de calle, hacinadas, allegadas, arrendatarias, en Tomas y Campamentos, en situación habitacional irregular, y endeudadas, que contemple aspectos cualitativos y cuantitativos, que permita una comprensión multidimensional e integral del problema de la vivienda en Chile.
12. Partida presupuestaria habitacional 2026: nos oponemos tajantemente a la especulación y el lucro por parte de las inmobiliarias y constructoras. En lo inmediato, la partida presupuestaria 2026 para vivienda, debe ajustarse al precio de mercado y a la plusvalía de los suelos en cada comuna, para evitar el desarraigo de las personas de sus redes de apoyo y acceso a servicios.
13. Subsidio de arriendo VINCULANTE y automático a proyecto habitacional definitivo: para todos los socios de las organizaciones habitacionales desde el momento de su inscripción en el Libro de Socios, independiente de la vulnerabilidad RSH del/la postulante. Que contemple la TOTALIDAD DEL MONTO DE ARRIENDO más gastos comunes con una duración de la totalidad del tiempo que media entre su adhesión a la organización habitacional, hasta la consecución de la vivienda. Exigimos que el Estado fiscalice la correcta asignación de los subsidios. El subsidio de arriendo debe apuntar a desburocratizar los requisitos y no debe exigir acreditación de renta, asignaciones directas para casos relevantes (como violencia intra familiar (VIF), en situación de calle y otros), etc.
14. Capacitaciones gratuitas permanentes para dirigentes de la vivienda: capacitaciones presenciales, de frecuencia acorde a las necesidades, que privilegie los sectores rurales, urbanos periféricos y aislados, facilitando recursos, medios y capacidades para adaptarse a las necesidades cambiantes de las organizaciones habitacionales. Sus contenidos deben ser definidos por las partes interesadas, y no deben apuntar a la cooptación de las organizaciones ni sus dirigencias hacia políticas asistencialistas, burocráticas o electorales. Las y los dirigentes sociales y habitacionales rechazamos todo tipo de registro de habilitación, que pretenda validar desde el Estado y no desde la autonomía de las comunidades, sus dirigencias.
15. Unificación, bajo criterios técnicos fundados que apunten a la agilización de las soluciones habitacionales, por parte de Serviu y municipalidades: a nivel nacional los criterios de información y trabajo del Serviu con las organizaciones habitacionales, y obligar a las municipalidades a participar activamente en los procesos desde la conformación de la organización hasta la adjudicación de los proyectos.
16. Equipamiento de los proyectos habitacionales: debe contemplar parques para mascotas de acuerdo al catastro de cada organización, además, 10m2 de área verde por persona, junto con área infantil que incluya juegos, zonas para el esparcimiento y elementos para el desarrollo integral de las infancias.
17. Fin al sistema de puntuaciones: el foco de las políticas públicas habitacionales debe ser la urgencia y agilización del acceso a la vivienda y no parches burocráticos como son el orden de prelación que sólo encubren el fracaso de las políticas habitacionales, dejando postergado a los de siempre. Si bien es necesario un orden respecto a la solución del problema habitacional, todas las personas tienen el mismo derecho a la vivienda, y debe ser atendido oportunamente, siendo el plazo máximo de espera, 5 años.
18. Fiscalización y combate a la corrupción: fiscalizar efectivamente la corrupción al interior de las reparticiones públicas, que efectivamente las soluciones habitacionales sean adjudicadas para pobladores sin casa, y no para funcionarios públicos con una o más propiedades.
19. Periodo de restricción para venta o arriendo de 5 años: en caso de no utilizarla, la vivienda debe ser reasignada por votación de la organización habitacional beneficiada, nuestro objetivo es construir barrios de forma colectiva. Esto debe llevarse adelante mediante la lista de espera elaborada por la misma organización habitacional.
20. Exención de impuestos y contribuciones: en los proyectos habitacionales de vivienda social en todo el proceso del proyecto, tanto a Dirección de Obras Municipales como Servicio de Impuesto Interno, entre otros.
21. Creación de “Mesas de Gobernanza” a nivel regional: entre autoridades pertinentes y todas las organizaciones habitacionales, con el objetivo de dar solución definitiva al problema de la vivienda para el pueblo, tratando todas las temáticas respectivas en cuanto al análisis de la realidad poblacional, leyes, políticas, normas, etc., siendo vinculante cada una de las decisiones que sean acordadas, con especial atención a la voz de las organizaciones habitacionales.
Suscriben las organizaciones habitacionales:
1. Comité de Vivienda Resistencia Pobladora, Chillán, región del Ñuble
2. Comité de vivienda Valle Esperanza, Limache, región de Valparaíso
3. Federación Regional de Pobladores - FEREPO, región de Ñuble
4. Cooperativa de Vivienda 17 de Mayo, Cerro Navia, región Metropolitana
5. Organización comunitaria y comité habitacional Suyai, Campamento de Placilla, comuna de San Antonio, región de Valparaíso
6. Coordinadora 5’ Costa San Antonio del cerro Centinela, comuna de San Antonio, región de Valparaíso
7. Comité de Vivienda Fuerza Campesina del Malleco, comuna de Collipulli, región de la Araucanía
8. Comité de Vivienda Vicente Solís, comuna de Cerro Navia, región Metropolitana
9. Campamento Chile Sueña, comuna de Antofagasta, región de Antofagasta
10. Comité de Vivienda Fuerza Campesina, comuna de Coihueco, región de Ñuble
11. Comité de Vivienda San Andrés de la Chimba, Antofagasta
12. Comité de Vivienda América Unida
13. Campamento Dignidad, comuna de La Florida, Región Metropolitana
14. Comité Resistencia 17 de Mayo, comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana
15. Comité Vicente Solis, comuna de Cerro Navia, región Metropolitana






